Preguntas frecuentes

PREGUNTAS FRECUENTES

1.- Ahora, Extranjería solicita el Certificado de Antecedentes Penales a los ciudadanos peruanos. ¿Cómo puedo obtener este documento?

2.- ¿Qué tramites tengo que realizar para traer a mis menores hijos del Perú sin el permiso del padre, a quien no veo desde hace varios años y se ha desentendido de sus hijos?

3.- Necesito una autorización de viaje para que mis hijos salgan de Chile con dirección al Perú y otra para que regresen cuando van de viaje de vacaciones.

4.- ¿Cómo viajo al Perú: solamente con cédula de identidad chilena, con mi pasaporte peruano o únicamente con mi DNI?

5.- ¿Qué necesito para revalidar mi pasaporte que esta vencido?

6.- ¿Y para solicitar un pasaporte nuevo porque no me quedan páginas o porque se me extravió o porque se dañó o me lo robaron?

7.- ¿Por qué siempre debo llevar mi DNI al Consulado cuando hago trámites? Si estamos en Chile, ¿no bastaría con presentar mi cédula de identidad chilena? ¿Por qué en el Consulado se exige el DNI a los peruanos si no  estamos en el Perú?

 

 

1.- Ahora, Extranjería solicita el Certificado de Antecedentes Penales a los ciudadanos peruanos. ¿Cómo puedo obtener este documento?
 
El Departamento de Extranjería y Migración de Chile viene solicitando desde hace poco el “Certificado de Antecedentes Penales” a todos los ciudadanos peruanos que se presenten por primera vez para la Visa Temporaria o para acceder a la Visa Definitiva.
 
Tal información solicitada por la autoridad chilena es brindada por el Registro Nacional de Condenas del Poder Judicial del Perú. Es esta institución autónoma peruana la que determina el valor de dicho trámite.
 
En ese sentido, el Consulado General del Perú cumple una labor de intermediaria entre el ciudadano que solicita dicho trámite y el Poder Judicial del Perú que posee dicha información. Esto indica que la autoridad consular no tiene la información sobre antecedentes penales sino que esta tiene que ser solicitada y respondida únicamente por el Poder Judicial del Perú a través de un acceso exclusivo por Internet.
 
Por ello, la velocidad de la respuesta dependerá de la capacidad del Poder Judicial de atender un número tan alto de consultas a sus registros, que puede retrasarse aún más cuando se presentan casos de homonimia, inconsistencia de datos, etc.
 
En términos normales, tal documento no debería demorar más que otros trámites comunes. Sin embargo, el número tan alto de solicitudes por el Certificado de Antecedentes Penales hace que el proceso no sea tan rápido como en otras circunstancias. A esto debe sumarse el hecho que existe la obligación de presentar su DNI para el trámite o tramitar su actualización o renovación en el caso de pérdida o deterioro.
 
Finalmente, conviene precisar que el Certificado de Antecedentes Penales tiene una vigencia de 03 meses, pero se recomienda tramitarlo solamente en fecha cercana a los 30 días anteriores al vencimiento de su Visa Temporaria.
 
Requisitos:
·        DNI original y fotocopia de ambas caras
·        01 foto pasaporte (fondo blanco)
·        Pago de los derechos determinados por el Poder Judicial

 

2.- ¿Qué tramites tengo que realizar para traer a mis menores hijos del Perú sin el permiso del padre, a quien no veo desde hace varios años y se ha desentendido de sus hijos?

Una de las mayores aspiraciones de nuestras compatriotas que vienen a Chile es poder traer a sus hijos desde el Perú, en donde se han quedado a cargo de familiares para su cuidado, por la ausencia del padre y no cuentan con la autorización paterna.

La Autorización de Viaje de un Menor la otorgan los dos padres. Ante la imposibilidad de ubicar a uno de ellos es necesario solicitar un Permiso Judicial de Viaje de Menores al Extranjero, gestión que se realiza ante el Juzgado de Familia de la jurisdicción en donde viven los menores. Si no puede viajar para hacer el trámite, la madre que solicita la Autorización de Viaje de sus hijos puede acreditar a un representante mediante un Poder que se realiza en el Consulado.

El Juzgado agotará los medios para tratar de ubicar al padre. Así, el Juzgado ordenará que se comunique de este proceso mediante  edictos y solicitará a la Dirección de Migraciones el movimiento migratorio del padre no ubicado. El padre tendrá para responder a los edictos un plazo de 30 días cuando se encuentre en el extranjero y de 15 días cuando se encuentre en el interior del país.

En caso que el padre desaparecido no responda, en el plazo establecido, el Juzgado concederá el permiso.

3.- Necesito una autorización de viaje para que mis hijos salgan de Chile con dirección al Perú y otra para que regresen cuando van de viaje de vacaciones

Tanto el Perú como Chile tienen legislaciones muy estrictas de protección al menor. Ambos países exigen la autorización de ambos padres para la salida de los menores, incluso si son extranjeros siempre y cuando sean residentes. Por ello, es necesario realizar la Autorización de Viaje de Menores. Aquella que autoriza la salida de Chile se hace ante un notario chileno y la Autorización de Viaje para el retorno del Perú se hace en el Consulado del Perú.

 Para realizar la Autorización de Viaje en el Consulado se necesita el DNI de los padres solicitantes y la Copia certificada del acta de nacimiento del menor ó copia del pasaporte del menor, además del pago de los derechos correspondientes.

Esta autorización debe ser realizada por ambos padres, si estos han reconocido al menor y se encuentran de acuerdo con el viaje ha realizar.

En caso de orfandad de parte de uno de los padres, puede realizarlo el padre superviviente, presentando además acta de defunción correspondiente.

También procede por parte de uno de los padres siempre que este sea el único que haya reconocido legalmente al menor, lo cual deberá acreditarse con la Partida de Nacimiento.

Si el alguno de los padres se encuentra en un país distinto de Chile, debe realizar dicho trámite ante los Consulados del Perú y Chile.

4.- ¿Cómo viajo al Perú: solamente con cédula de identidad chilena, con mi pasaporte peruano o únicamente con mi DNI?

Esta es una consulta bastante común y la confusión tiene su origen en la interpretación que se hace del «Acuerdo para el ingreso y tránsito de nacionales chilenos y peruanos en calidad de turistas con documento de identidad», suscrito en el 2005.

Este importante acuerdo binacional, que busca facilitar los desplazamientos entre ambas naciones, permite el viaje en calidad de turistas de ciudadanos peruanos a Chile y de ciudadanos chilenos al Perú. Para realizar tal viaje los ciudadanos peruanos pueden utilizar su DNI para viajar a Chile y los ciudadanos chilenos pueden viajar al Perú con su Cedula de Identidad.

Entonces, no estaría contemplado el uso de cédula de identidad chilena o DNI a los peruanos que viajan al Perú, debiendo utilizar únicamente su pasaporte peruano. El hecho que algunos peruanos residentes en Chile habrían podido realizar su viaje con cedula o DNI se refiere más que todo a hechos anecdóticos o de benevolencia de las autoridades migratorias de turno, pero no se basa en la aplicación de norma alguna.

En ese sentido, con el fin de evitar malos ratos y postergaciones en su viaje, la recomendación es que se procure mantener siempre vigente su pasaporte peruano y su DNI, que lo habilita para realizar cualquier trámite cuando se encuentre en el país.

Si no le quedan páginas en su pasaporte peruano es conveniente gestionar uno nuevo en el Consulado General del Perú. Sin embargo, es importante conocer que los pasaportes peruanos ahora se realizan con una avanzada tecnología en prevención de fraudes y falsificaciones, esto permite entregar un documento seguro y reconocido internacionalmente. Por ello, es altamente recomendable realizar este trámite con cierto tiempo, puesto que la elaboración del pasaporte se realiza en Lima, quedando a cargo del Consulado la captura digital de sus datos (foto, firma y huella) y su transferencia electrónica a Lima para ser elaborados y remitidos en plazo breve para su entrega a los interesados.

5.- ¿Qué necesito para revalidar mi pasaporte que esta vencido?


- Presentación del DNI del solicitante
- Presentación del pasaporte vencido
- Pago de los derechos correspondientes
- Se revalida por 2 o por 5 años.

6.- ¿Y para solicitar un pasaporte nuevo porque no me quedan páginas o porque se me extravió o porque se dañó o me lo robaron?
- Presentación del DNI del solicitante
- Presentación del pasaporte o denuncia de robo o pérdida.
- Pago de los derechos correspondientes
- Pasaporte nuevo tiene una vigencia de 05 años para adultos y de 01 año para menores.

7.- ¿Por qué siempre debo llevar mi DNI al Consulado cuando hago trámites? Si estamos en Chile, ¿no bastaría con presentar mi cédula de identidad chilena? ¿Por qué en el Consulado se exige el DNI a los peruanos si no  estamos en el Perú?

Esta pregunta es muy común y encierra varios aspectos que es importante conocer.

Es cierto que estamos en Chile y que en este país se exige cédula de identidad en todo momento y casi no se conoce al DNI. Sin embargo, el que se posea cédula o no es un tema referido a su situación migratoria en Chile y nada tiene que ver con su condición de ciudadano peruano.

Usted puede ser residente legal o irregular, pero para las autoridades peruanas usted nunca deja de ser ciudadano peruano (con pleno derecho de ser  atendido y asistido) y eso solo se exige presentando su Documento Nacional de Identidad (DNI).

De igual modo, su condición de nacional peruano no se demuestra con su pasaporte peruano porque el pasaporte (al igual que el Salvoconducto) es un documento de viaje y sirve para traslados internacionales.

En ese sentido, el Consulado General del Perú es una oficina administrativa del Estado Peruano en donde tienen derecho de ser atendidos en sus trámites todos los ciudadano peruanos, sin importar su condición migratoria (regular o irregular, legal o ilegal) y la única manera de demostrar su condición de  nacional del Perú, como se dijo, es a través de la presentación de su DNI.

El DNI lo emite el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) en el Perú, pero el trámite de renovación (si ya está vencido), duplicado por pérdida o robo o deterioro, rectificación de datos y cambio domiciliario se puede hacer en las oficinas del Consulado General del Perú, cumpliendo los requisitos
exigidos y pagando la tasa respectiva.

No deja de ser importante mencionar que un ciudadano peruano con sus documentos al día es una persona a quien es más fácil de ubicar y de ayudar en casos de urgencia o cuando las circunstancias así lo demanden.

Dejamos para el último una de las funciones más importantes del DNI (aparte de servir como cédula de identificación para todo tipo de actos civiles,
comerciales, administrativos, judiciales, etc.): su función electoral. Es decir, el DNI nos sirve para sufragar (votar) en los distintos procesos electorales del Perú (Elecciones Generales Presidenciales y Congresales, Regionales, Municipales, consultas, revocatorias, etc). Y conviene recordar que los
peruanos podemos votar en Chile y en el extranjero cuando se realizan las Elecciones  Generales Presidenciales y para el Congreso de la República. Para votar es indispensable realizar el Cambio Domiciliario del DNI para que figure su dirección actualizada en Chile y en las listas de electores peruanos que viven en el extranjero. Esto lo habilita para votar en Chile y no ser considerado “Omiso a la Votación” u “Omiso como Miembro de Mesa” ni ser sancionado con una multa por no cumplir con este deber cívico.